NATALIA JUNQUERA - Madrid
ELPAIS.com - España - 04-09-2010
Argentina reabre la causa contra el franquismo. La Sala Segunda de la Cámara Criminal y Correccional Federal ha declarado este viernes nulo el auto de la juez María Romilda Servini de Cubría por el que archivó la querella por genocidio presentada en Buenos Aires el pasado 14 de abril por familiares de desaparecidos españoles y las diez organizaciones de derechos humanos más importantes del país.
Los miembros de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica, personada en la causa, están "muy emocionados por la noticia". Su vicepresidente, Santiago Macías, que viajó a Buenos Aires para presentar la querella el pasado 14 de abril, declaró que tienen "mucha ilusión puesta en este proceso" después de que en España se les hubieran cerrado todas las puertas. "¡Estamos muy contentos!", ha exclamado. Respecto a la respuesta que pueda dar el Gobierno español al exhorto por vía diplomática que enviará Argentina para que aclare si en España ya se está investigando el genocidio franquista, Macías se teme cualquier cosa y lo peor. "Cuando presentamos la querella, José Bono dijo que locos había en todas partes. Si responden que en España ya se ha investigado estarían mintiendo, y todo el que está afectado sabe por qué.
Lo único que hay en España es una ley de memoria que da subvenciones a los familiares para que busquen a sus desaparecidos. Si el Gobierno respeta tanto a la justicia como dice, incluso cuando toma la decisión que ha tomado sobre
el juez Baltasar Garzón, debería respetar también a la justicia argentina, que en este aspecto, ha hecho bastante más que la española".
El auto, firmado por el juez Horacio Holando Cattani, declara nulo "por carecer de fundamentación y de sustento en el ordenamiento procesal vigente" el archivo de la causa y estima la petición de los querellantes de que se libre exhorto por vía diplomática "a fin de que el Gobierno español informe si efectivamente se está investigando la existencia de un plan sistemático generalizado y deliberado de aterrorizar a los españoles partidarios de la forma representativa de gobierno a través de su eliminación física llevado a cabo en el período comprendido entre el 17 de julio de 1936 y el 15 de junio de 1977".
El juez señala que el fiscal obtuvo "de Internet" la argumentación por la que decidió no apoyar la apertura de la causa y que motivó que la juez decidiera archivarla, esto es, que en España ya estaba abierta "una investigación penal con idéntico objeto". Y añade que el hecho de que el fiscal fuera partidario de no abrir una investigación sobre los crímenes del franquismo no debiera implicar el coerre automático de la causa porque de lo contrario no se estaría garantizando "el derecho a la tutela judicial efectiva".
La primera razón por la que un Estado debe perseguir un delito, explica el juez, es "la necesidad de dar cumplimiento a su obligación de garantizar el derecho a la justicia de las víctimas, entendiendo a la persecución penal como un corolario necesario del derecho de todo individuo a obtener una investigación judicial a cargo de un tribunal competente, imparcial e independiente en el que se establezca la existencia o no de la violación a su derecho, se identifique a los responsables y se les impongan las sanciones pertinentes".
Beinusz Szmukler, abogado de los querellantes, opinó que la respuesta del Gobierno español a ese exhorto por vía diplomática para que explique si en España hay abierta una "investigación penal con idéntico objeto" en ningún caso podría ser sí, "porque en España desde que el juez Baltasar Garzón repartió la causa entre los juzgados territoriales, se investiga la desaparición de personas concretas, pero no un genocidio".
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